“Nos quieren controlar como a control remoto, pero
la autoridad no puede con nosotros”
Calle 13
Hoy
parece que el Estado y sus instituciones se desvanecen en el aíre, que los
proyectos y potencialidades han sucumbido a la vorágine, la violencia se
presenta como la experiencia de vida.
Fue
Hobbes el que definió al hombre como el depredador del hombre, afirmaba que en
el estado de naturaleza, estamos condenados a la imposición de los intereses
del más fuerte, de ahí la necesidad de un poder capaz de ordenar y centralizar
en beneficio de la colectividad el poder, de ahí nació la idea del Estado; el
Estado-Nación emergió como un logro de la Revolución Francesa, articulado por
la doctrina del pacto o contrato social, esta doctrina estigmatizó la violencia
como un rasgo característico de la prehistoria de la humanidad; la violencia originaba
conflictos y los conflictos conducían a la anarquía, para garantizar la vida
armónica en sociedad y consolidar al Estado- Nación, debió prescindirse de la
violencia. En lo subsecuente el Estado
detentaría el monopolio y uso de la violencia.
¿Qué
sucedió en el tránsito de la modernidad a la posmodernidad? ¿Por qué pareciera
que en las últimas dos décadas la violencia se ha restituido a sus depositarios
originales?
La
segunda guerra mundial y un mundo bipolar hizo evidente un modelo de Estado
peculiar, los Estados autoritarios, “un cuerpo político estructurado bajo el
principio de la raza y bajo el dominio de la burocracia, que usa la violencia
como instrumento de gestión legitima para controlar y asimilar a los pueblos
sometidos” (DELGADO DE LA PARRA, 2017,10)
La
violencia se convirtió en la razón de ser de este Estado; internacionalmente
dichos regímenes fueron condenados inmediatamente y se construyeron
instituciones internacionales para imposibilitar la proliferación de dichos
estados, hoy la violencia se ha
incrementado exponencialmente, y pareciera espontánea y aislada, y contraria al
proceso civilizatorio prometido por el Contrato Social.
¿Por qué parecería que la sociedad en su conjunto es
la que recurre a la violencia? ¿Y si la renuncia voluntaria a la violencia es
actualmente insuficiente a este Estado/Nación? ¿Si, por el contrario, este
Estado-Nación ha transmutado y requiere un nuevo cariz, una condición
permanente y sistemática de ejercicio de la violencia como mecanismo de adaptación
a las necesidades del Mercado, bajo la forma de un Estado de Violencia
Civilizadora?
De la
Usurpación de la violencia
El pacto social
tiene su origen en Hobbes; en su muy conocido libro “Leviatán”, afirmó que la
vida en sociedad sólo puede realizarse en una condición de armonía, para ello,
se hace necesario un poder fuerte y unificado, que sólo puede materializarse
cuando los individuos ceden parte de su libertad y renuncian al uso de la
violencia; en la cotidianeidad, la Revolución Francesa, lograría esta proeza.
Fue Kant, quien le
proporcionará el rasgo de modernidad y universalidad que necesitaba este Estado.
Desde su construcción teórica, el Estado representa la Idea del Bien y las instituciones
que de él devienen, tienen por objetivo la universalización del deber ser, es
decir, imponer en la humanidad el bien, esta facultad/atributo permitió identificar
al Derecho con Ley y a la Ley con el Orden, a partir de ese momento y en lo
sucesivo, el Estado será el único y legítimo poseedor del monopolio y del uso
de la violencia.
“La expansión (el colonialismo) fue
elevada a un principio legítimo . . . se extendió la idea de que la política ya
no podía ser contenida dentro de las fronteras nacionales, dado que ningún
Estado podía permanecer indiferente a los imperativos políticos y económicos
mundiales
” (DELGADO DE LA PARRA, 2017, 10)
En la realidad estas aspiraciones (ambiciones) de la
burguesía europea se materializaron en la idea de que la única solución a los conflictos
procedía del Derecho, de la decisión absoluta del Estado; esta operación
racional, garantizó a los individuos, como
única libertad posible “su innata venta” y como único poder “la compra”.
“la afirmación de que es libre . . . el
que lleva a cabo lo que desea, no es más que el reverso de la noción de la libertad
de la antigua noción política y el trasfondo político sobre el que la filosofía
popular sustento la disminución evidente de la libertad” (HANNA ARENDT, en
DELGADO DE LA PARRA, 2017,18)
Lo anterior significo que el despojo de la violencia
no se tradujo en la consolidación de sociedades igualitarias sino por el
contrario en regímenes de una
igualdad artificial que implicaron que la protección de los individuos está reconocida
por una comunidad política, en otras palabras, la anulación de la violencia individual
garantizó la construcción del
Estado-Nación.
“la causa por la que hoy, de manera
automática, establecemos la equivalencia entre el poder y la opresión [es
porque] . . . los hombres tienen la
capacidad de vivir legal y políticamente juntos, únicamente cuando algunos
tienen derecho de mandar y otros son forzados a obedecer” (ARENDT en DELGADO DE
LA PARRA, 2017, 20-21)
Según Arendt sólo en la doctrina del Contrato Social
pueden existir derechos del hombre, es decir, la condición de empoderamiento se
presenta sólo en un sistema social capaz de mantener el orden, o para decirlo
de una forma más accesible, el pleno desarrollo de la individualidad y de la
sociedad sólo es posible en el marco de un Pacto, y este sólo puede producirse
al librar al individuo de la violencia; en la Doctrina del Contrato Social se
asocia los derechos de la ciudadanía con el concepto genérico de Derecho, en la
teoría liberal los derechos civiles y políticos han sido el centro articulador
de su razón de ser, aquellos ganados contra el Estado cuyo objetivo primordial
es limitar el autoritarismo estatal, para ejemplificarlo mejor, sólo los
Derechos Civiles y políticos pueden anular y negar el desbordamiento de la violencia
que anida en el Estado.
Esta concepción genérica de Derechos, potencio variantes
del Estado Liberal, (Estado social de derecho, el Estado de bienestar y el
Estado desarrollista) conservando, todas ellas la idea principal de la doctrina
del contrato social, es decir, la centralidad del Estado en la conformación de
la cohesión social, apelando al reconocimiento de las diferentes clases y el
reconocimiento e incorporación de sus derechos a través del aparente respeto a
sus condiciones particulares de existencia; lo anterior se produjo en el
momento en que, de los derechos civiles y políticos, se materializaron los
derechos económicos y sociales, que implican, prestaciones o condiciones
necesarias que el Estado debe garantizar, lo que implica una cooperación activa
y reconocimiento de una lucha política por la apropiación social; sin embargo,
la incorporación de tales prerrogativas, siempre se hicieron y se han hecho
bajo los filtros de la libre circulación, la enajenación y la apropiación.
Para la década 70´s del siglo pasado, los chicagoboys,
hicieron su aparición, a través de 10 puntos, que en lo general imponían a los
Estados disciplina fiscal en la economía nacional (menor endeudamiento a
cualquier costo), abandono de las políticas públicas para que el sector privado
se ocupara de su solución, en general, hacer del Estado el guardia de seguridad
de un centro comercial, lo que teóricamente se dio en llamar, neoliberalismo. Para
la década de los 90`s, extinguida la URSS, y en un mundo enteramente unipolar,
entramos de lleno en un nuevo proceso, al proceso de universalización de la
razón mercantil, la globalización:
“Globalización: es el proceso mediante el cual una
condición o instancia local logra extender su radio de influencia a lo largo
del globo y, al desplegar esta acción, desarrolla la capacidad de designar como
local a la instancia o condición social con la cual compite . . . Bajo las condiciones del sistema
mundial capitalista de Occidente no se puede predicar una globalización genuina
. . . se trata de la globalización exitosa de un localismo dado. . . la
localización es la globalización de los perdedores. (Boaventura de Sousa, 2006,
165)
Este
proceso universal de la razón económica, es decir, la condición social por la
que se socializa que todo actividad, todo acto de vida, pensamiento y
sentimiento son susceptibles de enajenación excluyó de facto a una inmensa mayoría
del pacto social, lo que para Arendt y Sousa, se traduce en la ausencia de
Derechos, sin embargo, debemos añadir qué el despojo real que Arendt y Sousa
comparten, sin decirlo, es el despojo de la violencia.
El
fascismo como régimen social es
pluralista, coexiste fácilmente con los regímenes democráticos y sus coordenadas
espacio-temporales preferidas, en lugar
de ser nacionales, se expanden local y globalmente. . . el fascismo social consiste en un
conjunto de procesos sociales por los cuales masas extensas de población son
marginadas o expulsadas del cualquier tipo de contrato social. Dichas masas son
rechazadas, excluidas y arrojadas hacia una suerte de estado de naturaleza hobbesiano,
ya sea porque nunca han sido parte de un contrato social alguno y probablemente
jamás lo serán . . . o porque han sido
excluidas o desechadas de cualquiera de los contratos sociales de los que
habían formado parte con anterioridad . .
. el fascismo, como régimen social, se muestra con el colapso de las
expectativas más triviales de las personas que viven bajo su influencia. .
. Los sujetos que viven bajo el poder
del fascismo social son despojados de los diversos parámetros y equivalencias
compartidos”. (Boaventura de Sousa, 2006, 161)
“La
primera derrota sufrida con la privación de los derechos fue la pérdida del
hogar, lo que significó la total ruptura del tejido social del espacio donde
[los seres humanos] habían nacido y construido su lugar en el mundo . . . lo
que carece de precedente no es la pérdida del hogar, sino la imposibilidad de
encontrar uno nuevo [ . . .] La segunda pérdida sufrida con la privación de los
derechos fue la perdida de protección del Gobierno . . . La calamidad de la pérdida
de los derechos no es que ellos [los seres humanos] sean privados de la vida,
de la libertad, de perseguir la felicidad o exigir la igualdad ante la ley y la
libertad de opinión . . . sino que ya no pertenecen a ninguna comunidad en
absoluto. (ARENDT, 1968, 293-295)
Como
hemos precisado, ambos autores recuperan la idea del contra social como eje
articulador de la vida en sociedad, sostienen la necesidad de un Estado
centralizador de fuerte intervención en la vida social, de igual forma
sostienen que la ausencia de un contrato social condiciona a los seres humanos
a un estado de mendacidad, de no ser, situación que paradójicamente se produce
al interior del contrato social, esto es, la no realización, la ausencia, el
arrojo a una condición de objeto se produce justamente en el acto mismo de la
celebración del pacto, o para decirlo mejor, la relación de apariencia
sinalagmática (de condicionamiento reciproco) no se materializa en las
potestades, la relación recíprocamente condicionada se despliega en el ámbito
de la obligación de renuncia, esto quiere decir que la condición de
intervención y aplicación del contrato social opera única y exclusivamente en
su capacidad de articulación bajo los parámetros de pacificación que requiere
el mercado, opera como mecanismo de extinción de la capacidad de transformación,
condicionando a los seres humanos a actuar
bajo los parámetros del uso de la razón (mercantil).
Lo
anterior quiere decir que la relación contractual opera para la
universalización de la razón mercantil o lo que es lo mismos para garantizar la
condición de enajenación de todo actividad, todo acto de vida, pensamiento y
sentimiento, sin embargo, si el objetivo del pacto social, es anular la
violencia para garantizar la venta innata de cada persona y la articulación
social en la compra, ¿Por qué hoy asistimos a un despliegue universal de la
violencia?
Contrario
a lo sostenido por Arendt y Sousa, el ordenamiento social y su relación con los
distintos sectores, depende de las relaciones de poder, de la posesión del
aparato de producción, lo anterior significa, que en la construcción ideal del
Estado, se hace impensable el surgimiento de un conflicto, pues las funciones
que le serían propias le implican una monopolización de las condiciones de
vida; sin embargo a diario documentamos, con insistencia, la ruptura de este
monopolio, es decir, presenciamos una insuficiencia o limitación natural de la
doctrina del contrato social, es decir, presenciamos un incremento de la
violencia y la incapacidad del Estado para garantizar el estado de paz,
revelando además que el monopolio y uso de la fuerza no les único y exclusivo.
“La
reflexión sobre la sociedad comienza allí donde acaba la compresibilidad . . .
lo que habría que hacer es deducir la opacidad de una sociedad autonomizada e
independiente de los hombres a partir de las relaciones existentes entre ellos”
(ADORNO, 2001, 12)
El
uso de la violencia no monopolizada revela profundas contradicciones, las más
evidentes las de una sociedad civil altamente polarizada y la más evidente, la
limitación del tarea de pacificación del Estado-nación, frente a este
escenario, se hace necesario la adopción de misión civilizadora, si bien es
cierto, el Estado-Nación operó sólo en el límite y el ámbito de “cosa publica”,
dejando libres la vida íntima, individual, familiar y laboral de sus
contratantes, cuyos efectos devastadores se hicieron sentir, en la
imposibilidad de contener los ánimos desbordados de la burocracia estatal, de
las ambiciones y aspiraciones personales y sociales, la tarea hoy es, la universalización de la civilización, es
decir, la ampliación del pacto social de intervención ininterrumpida,
progresiva y sistemática, que articule todos los recovecos de la vida social,
individual, material, intelectual y sensible, es decir, la violencia
exponencial, es producto de la ausencia de un contrato social incluyente, no
acepción inclusiva, es decir, no pensada para incluir a todos los seres
humanos, sino un pacto social capaz de controlar y civilizar todo actividad,
todo acto de vida, pensamiento y sentimiento, esto es, un contrato social capaz
de hacer frente a todo forma, condición o constitución de la violencia.
La
violencia exponencial que percibimos responde a una necesidad de preservación y
supervivencia de la doctrina del contrato social, a la necesidad altamente
represiva y sofisticada que requiere un Estado Autoritario evolucionado, es
decir, la instrumentalización de un Estado de Violencia Civilizadora.
“en
la reducción de los hombres a agentes y portadores del intercambio de
mercancías se oculta la dominación de los hombres sobres los hombres . . . la
sociedad total es tal que todos deben someterse al principio de cambio, a menos
que quieran sucumbir, y ello independientemente de si, subjetivamente, su
acción está regida por el <<beneficio>>” (ADORNO, 2001, 13)
“Este
estado de cosas halla su expresión y su ideología en el concepto de adaptación,
característico del darwinismo social, transferido desde la biología a las
llamadas ciencias del hombre . . . este control refuerza necesariamente las
tendencias totalitarias del orden social, la adaptación política a la socialización
total. (ADORNO, 2001, 15)
La
integración tiene un alcance mucho mayor. La adaptación de los hombres a las
relaciones y procesos sociales . . . se ha sedimentado en ellos de tal modo que
cada vez les es más difícil librarse de ella, aunque sólo sea en la conciencia
. . . Los hombres . . . se identifican, hasta en sus reacciones más internas,
con lo que se hace con ellos si el concepto de lo humano . . . se ha convertido
en la ideología que encubre el hecho de que los hombres son sólo aprendices de
la maquinaria social, podría decirse sin miedo a exagerar que, en la situación
actual, son literalmente los hombres mismos, en su ser así y no de otro modo,
la ideología que . . . se dispone a eternizar la vida falsa. (ADORNO, 20001,
17)
En
esta sociedad global, las diferentes clases de derechos humanos engendra
distintos procesos políticos, es decir, se aparenta una generalidad unificada, la
efectividad de la incorporación al pacto social depende directamente de la
posibilidad transgresiva del pacto, o lo que es lo mismo en la posibilidad de
incorporar derechos para que se articulen como totalmente dependientes del
Estado, en otras palabras, la capacidad de perfectibilidad asociada al Estado
depende de la capacidad (aparente) de transformación de la naturaleza política
de su acción. La violencia exponencial
representa en consecuencia la posibilidad de transformación del Estado, la violencia se procesa como acto
de civilización, que institucionalmente se funda en el Estado de Violencia
Civilizadora, una estructura
coercitiva, centralizadora, prospectiva y de articulación que garantiza la
universalización de la razón mercantil.
Como
hemos visto, en el pacto social, la pacificación, (extinción de la violencia)
opera en el ámbito de la libertad de venderse y de comprar; sin
embargo, en la sociedad actual, la ausencia de Derechos tiene su origen en la permanente negación de la
doctrina del contrato social; el Derecho no remite a un concepto genérico de
persona, sino a la condición de clientela, a una concepción de humanidad que ha
dejado de serlo. En esta modalidad del
capitalismo, los Derechos se universalizan desde la idea de una
integración al mercado, es precisamente, desde esta realidad que los intereses
económicos transmutan como Derechos de todos, y es en esta condición potencial
de empoderamiento que opera la violencia civilizadora, en la medida en que es capaz
de desarticular y articular al mismos tiempo, de ahí que en la práctica social
se materialice en la innata igualdad para venderse y la universal posibilidad
de compra.
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Guillermo Solana, Ed. Taurus, 1968.
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DERECHOS HUMANOS Reyes Mate Instituto de Filosofía - CCHS/CS, ARBOR Ciencia,
Pensamiento y Cultura CLXXXVI 742 marzo-abril (2010) 241-243 ISSN: 0210-1963
doi: 10.3989/arbor.2010.742n1104
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REVISTA DE DERECHOS HUMANOS Y ESTUDIOS
SOCIALES, AÑO VI, número 12, julio- Diciembre de 2014, Artículo recibido: 13 de
mayo de 2014; aprobado: 20 de agosto de 2014. 2 Centro de Estudios Avanzados de
la Universidad Nacional de Córdoba, República Argentina.
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