miércoles, 3 de agosto de 2016

UBER


LA REFORMA LABORAL Y LA SOBRE EXPLOTACIÓN EN EL EMPLEO

El siglo XIX, en Europa principalmente, fue testigo de movimientos, huelgas y protestas de trabajadores que exigían del Estado garantizar los mínimos y necesarios Derechos a la vida, a la integridad física y la dignidad humana de los Trabajadores, que debía respetar el patrón.
En México las Huelgas de Rio Blanco y Cananea, reflejaron no solo el descontento social, sino además inauguraban una larga trayectoria de resistencia y reivindicaciones de la clase obrera mexicana: “Las acciones de resistencia obrera marcaron el inicio de la Revolución Mexicana. Los trabajadores convocaban a huelgas para defender sus derechos, tanto para contar con organizaciones propias como para pedir por mejoras en las condiciones de trabajo.” [1]

En 1917,  se incorporó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Derechos Laborales mínimos de la clase trabajadora, contenidos en el artículo 123, resultado del ahínco organizativo y de politización de los  anarcosindicalistas; en la redacción de dicha precepto se enlisto una serie de prerrogativas irrenunciables para la clase trabajadora, lo que le valió a nuestra Constitución  se la primera en consignar Derechos Sociales.

El 2 de Diciembre de 1969 se publicó en el Diario Oficial de la Federación LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, instrumento jurídico que reivindicó al Trabajo como un derecho y deber social; garantizando protección y derechos a toda  actividad personal subordinada para un tercero que tuviera por objeto la percepción de una remuneración económica.

Ello significó el establecimiento de parámetros legales que tendieran a lograr el equilibrio entre los factores de la producción, que impidieran abusos patronales, aun cuando este negará la existencia de una relación de trabajo.

El 30 de noviembre de 2012, durante el Sexenio de Felipe Calderón se publicó la  llamada reforma laboral, que se componía de una serie de modificaciones a diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo que flexibilizó las condiciones laborales, propiciando un entorno laboral incierto, con salarios raquíticos, incentivando la subcontratación, jornadas de trabajo extenuantes, la adquisición de un doble o triple empleo; el subempleo, el arrendamiento laboral, el autoempleo y la incorporación de un modelo de sobre explotación laboral  bajo la figura de SOCIO o ASOCIADO,  cuya ejemplo más significativo y conocido es “SOCIO UBER

¿Qué es UBER?

“En una nevada tarde de París en 2008, Travis Kalanick y Garrett Camp tuvieron problemas para conseguir un taxi. Por ello se les ocurrió una idea simple: tocar un botón para conseguir un viaje.
. . .
Nuestra aplicación representa una nueva forma flexible de ganar dinero. Para las ciudades, ayudamos a fortalecer las economías locales, mejorar el acceso al transporte y aumentar la seguridad de las calles. Cuando el transporte es tan confiable como el agua potable, todos se benefician. Especialmente cuando nieva.”[2] 

En términos simples y sencillos UBER es una empresa dedicada a la prestación del servicio particular de pasajeros, en su modalidad individual o compartida. Lo interesante de esta empresa, o para decirlo mejor, lo peculiar de esta modalidad de trabajo es que el patrón se proclama como empleador, es decir, se atribuye una condición humanitaria de ayuda asistencialista, por lo que no requiere trabajadores, si no colaboradores que empleen su tiempo libre para el desarrollar de una actividad personal subordinada sin percibir salario alguno, en la lógica empresarial de UBER, lo anterior significa que Travis Kalanick y Garrett Camp (Dueños de UBER) enalteciendo sus valores humanitarios y altruistas brinda la oportunidad de GANAR DINERO a  todo aquel que posea un vehículo, asegurado, que se encuentren verificado y al que su dueño lo cargue de gasolina y cubra las reparaciones y desperfectos, lo que les brinda la oportunidad de convertirse en choferes que se IDENTIFIQUEN CON LA MARCA UBER, SIEMPRE Y CUANDO CUBRAN LOS REQUISITOS Y POLÌTICAS DE SERVICIO QUE ELLOS HAN IMPUESTO.[3]

Esto es, la empresa UBER tiene trabajadores a quienes no les paga un salario, pero que deben cumplir con un número mínimo de viajes (Jornada de trabajo), que además deben cumplir las políticas de servicio (condiciones de trabajo), vestir de traje (uso de uniforme), darse a conocer bajo el nombre UBER, UBER POOL, UBER BLACK, (no de su nombre de pila), además de ser serviciales (dar agua embotellada al pasajero) y mantener su carro limpio, lo que les garantiza a los No trabajadores “EL PAGO DE UNA COMISIÒN”.

En otras palabras, estas relaciones de subordinación son las que se promueven en el Estado de Violencia Civilizadora, es decir, en  un Estado de Protección anulada, en el que no existen Derechos Sociales ni Derechos Humanos, no existe la justicia social, la razón o la verdad;  es decir la legalidad y la justicia carecen de contenido semántico, limitándose a una referencia contextual condicionado a los intereses económico/político empresariales.

Solo en el Estado de Violencia Civilizadora UBER tiene garantizado no cubrir SALARIOS, PRESTACIONES, SEGURIDAD SOCIAL, ESTÍMULOS, UNIFORMES, HERRAMIENTAS NI INVERTIR EN VEHÍCULOS DE SU PROPIEDAD, pues sus trabajadores de hecho aunque no lo sean de derecho, están obligados a cubrirlos, autoemplearse y además pagarle a la empresa por permitirles usar la marca, algo así como el uso de la marca registrada Ciudad de México.

En este contexto de clara ilegalidad, de ausencia de respeto de Derechos y de oposición de intereses minoritarios a los de la mayoría, la partición de todos se vuelve indispensable.



[1] Lartigue, Luciana; La revolución mexicana; Ocean Sur;  México; 2011, pp. 19-23.
[2] Uber Technologies Inc., La historia de nuestro viaje,
[3] Veáse http://www.sociosmx.com/#!df---paso-1-registro/ol6ux; para ser socio Uber tienes que cubrir 7 pasos que en realidad son 6, PASO 1 (Crea tu cuenta), PASO 2 (Sube tus documentos) Licencia para conducir tipo “A”, Carta de no antecedentes penales Federal (emitida en el DF), Máximo 3 meses de antigüedad,  Identificación oficial, etc.; PASO 3 (Presenta tu certificación) . . . el siguiente paso es realizar los exámenes de certificación. La certificación es realizada por la empresa Black Trust y consiste en pruebas psicométricas y toxicológicas. Puede ser en línea (la certificación de Black Trust tiene un costo de $500 que se descontará en 5 pagos de $100 una vez que empieces a generar viajes en tu cuenta de socio. Este costo se cubre independiente del resultado obtenido; PASO 4 (Da de alta tu auto) . . . Deberás indicar marca, modelo y placas antes de subir una foto de los siguientes documentos: Seguro Cobertura mínima $3 000 000 Responsabilidad Civil; PASO 5 (Alta en el portal de facturación) Para emitir facturas, Puedes facturar sin contar con Firma Electrónica del SAT, pero uber te cobra 8.00 por cada factura; PASO 6 (Información Bancaria), PASO 7 (Ya terminé, ¿Qué me falta?)
- Requisitos de uberXL (vehículos) Vehículos modelo 2006 en adelante, capacidad para 7 ó más pasajeros (incluido el conductor), con 4 puertas, maletero y en buen estado, Seguro con cobertura particular-comercial (INS) o comercial (otras aseguradoras) Ejemplos: Toyota Hi-Ace, Toyota Prado, Hyundai Grand Starex, Hyundai H-1, Mitsubishi Montero, Suzuki Ertiga, Toyota Land Cruiser,
Lo anterior jurídicamente, se traduce en la imposición de Directrices conductivas y perfiles de ingreso, que no son otra cosa sino, las habilidades, destrezas y aptitudes con que debe contar un trabajador, que se traduce en la imposición de tareas específicas que anulan la autonomía de la voluntad del trabajador, es decir, se disminuye su capacidad para conducir bajo su voluntad, lo que jurídicamente se denomina anulación de la autonomía de la voluntad, lo que resulta propio de una relación de trabajo pues en ella se selecciona personal que cumple con un perfil, a quienes se les practican pruebas psicométricas y son contratados para conducirse bajos las ordenes que se le proporciones y así desarrollar una labor en específico; en estricto sentido, la diferencia entre una relación laboral y una relación profesional o de socios, es la subordinación, que no es otra cosa que la ausencia de la capacidad de para tomar decisiones, el trabajador no puede decidir qué hacer, cumple ordenes especificas y pone a disposición su habilidad y adiestramiento para realizar adecuadamente la tarea para la que fue contratado, mientras que en una relación profesional o una relación de socios, son dos titulares que se ponen de acuerdo sobre puntos en especifico, en el que no se ve disminuida la toma de decisiones de ninguno de los intervinientes, es decir, conservar su capacidad de decidir, su autonomía de la voluntad; aunado a lo anterior Uber se arroja el Derecho de imponer el porcentaje de retención que es que es del 30%, lo que resulta ser la ganancia directa.

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