viernes, 26 de julio de 2019

DERECHO y VIOLENCIA


El pasado 8 de junio de 2019 con 21 votos a favor y un voto nulo, el Congreso de Baja California aprobó modificar el artículo 8 transitorio de la Constitución estatal, lo que permitirá que el próximo gobernador, Jaime Bonilla, tenga un periodo de cinco años y no dos, como se había estipulado.

La opinión pública se ha manifestado en contra de este suceso, aseverando que dicho acto rompe el orden constitucional pues es un atentado contra el sistema jurídico y democrático en su conjunto, revelando la posibilidad de reelección de Andrés Manuel López Obrador, mostrando, además que la cruzada contra la corrupción que ha emprendido el gobierno federal, no es más que un régimen de connivencia con la corrupción y un retorno a las formas antidemocráticas de antaño[1].

A esta controvertida reforma se suman otras tantas como: las modificaciones a la Constitución Federal para legalizar la guardia nacional, la emisión de sus leyes secundaria, la ampliación del listado de delitos con prisión preventiva oficiosa y la ley federal de extinción de dominio, mediante la que la administración pública podrá  disponer de bienes producto de actos ilícitos o que hayan sido utilizados para la comisión de los mismos. Tales cambios en el sistema normativo lejos suscitar opiniones adversas o de respaldo, debieran hacernos reflexionar en torno a un pregunta central ¿cómo se crean los ordenamientos legales? o para ser más precisos, ¿cuál es el fundamento primordial que dota de contenido ético a los ordenamientos sociales, es decir, si la aplicación, creación o ejercicio del derecho con lleva o implica el ejercicio de la justicia?
En su conocido libro, Los artificios de las instituciones, Estudios sobre derecho romano, Thomas Yan precisa:
[...]la historia del derecho nos da acceso a un mundo desencantado en el que el destino colectivo pone de manifiesto lo arbitrario de prácticas y saberes cada vez más especializados, cada vez menos compartidos por todos. Ahora bien este mundo se prepara y fabrica desde hace tiempo. . . en el laboratorio de los juristas, especialistas y técnicos de la separación. (Thomas, 1999: 10)

Esta afirmación nos coloca en una disyuntiva, si el derecho, si los sistemas normativos no son algo natural sino creado, que se materializa como formas concretas de conducción  en nuestras vidas, es decir, si el derecho es una ficción, ¿Quién crea dicha ficción y a quién beneficia dicha ficción?, en otras palabras, cuando el derecho es una artificio, no es ciencia sino un aparato de Estado, cuyo objetivo es garantizar, hacer permanecer cierto tipo de relaciones sociales. Esto quiere decir que las normas jurídicas de una sociedad son reciprocas a las formas de convivencia que en dicha sociedad aparecen como normales, el derecho es una técnica que tipifica y sanciona sólo aquello que se hace pasar como normal.

¿Quiere decir esto que cada sociedad construye sus formas concretas de Derecho?
No, el derecho se racionaliza como el deber ser, como la forma natural en la que transcurre la vida ordinaria, lo que le imprime su vigencia y validez universal; el derecho se hace pasar como algo existente en la naturaleza que condiciona y moldea la conducta de las personas y la convivencia social. Es precisamente este punto en el que los sistemas jurídicos contemporáneos encuentran su problema ético, el derecho positivo ha dejado del lado la antigua discusión sobre la justicia y traslado al derecho al terreno de la justificación; el derecho no necesita de un fundamento, no es ya la representación, el reflejo de un principio universal, se trata de un sistema ejecutable por las instituciones; el derecho positivo no necesita de una concepción de la justicia, pues el derecho sólo es válido.

Esto es, los sistemas jurídicos son atendibles y creados cuando sus hipótesis normativas son emitidas, sancionadas y ejecutadas por los órganos legalmente facultados para hacerlos, lo que garantiza, la legalidad pero no la justicia; en los sistemas jurídicos positivos la legalidad  sustituyo a la justicia; esto quiere decir que un ordenamiento legal no necesita ser justo para que sea obligatorio, basta con que sea emitido, por los órganos o poderes con las facultades de ley necesarias para que estos sean ejecutables.

¿Por qué entonces nos sorprende que dichos órganos legalmente constituidos ejerzan los poderes y facultades para las que fueron creadas? ¿Por qué nos sorprende que se prolonguen mandatos, que en nombre del derecho se cometan despojos, asesinatos, pesen condenas absurdas o se castigue a luchadores sociales? ¿Será que este derecho, la forma positiva del derecho, el derecho como técnica, no sea otra cosa que imposición, y como sostiene Thomas Yan, se trata sólo de un conocimiento especializado, sustraído y depositado en un sector o personas que lo ejercen para su beneficio?

¿Qué revela ésta disociación entre Derecho y Justicia?

Hoy hablamos de sociedades de derechos, en la que nadie se encuentra exento de potestades básicas y fundamentales, sin las que no podría concebirse una sociedad moderna y democrática, sin embargo, en esta sociedad de derechos, estos son impuestos o extinguidos por los órganos de gobierno; lo que aparece como mis derechos básicos y fundamentales son cambiantes según los órganos encargados de crear dichos ordenamientos, en otras palabras, son mis derechos fundamentales y básicos aquellos que hoy soy reconocidos por quien los crea pero que en otro momento serán innecesarios; sólo bajo esta lógica podemos entender que hoy se presuma mi inocencia hasta que se pruebe lo contrario pero que al mismo tiempo pueda pasar mi libertad en prisión sin que se haya dictado una sentencia que me condene; solo en un estado de derecho válido puedo garantizarse que a quienes elegí para representar mis intereses sean los mismos que los transgreden, y además que corra en mí la obligación de pagarles un salario para que impongan normas que mitiguen mi derechos laborales, de seguridad social, de vida, de tranquilidad, es decir, sólo en un sistema artificial de derecho elijo a quien me robara, mitigará mis derechos y los anulara a su conveniencia; sólo bajo esta artificialidad justicia y derecho no son lo mismo.

En las modernas sociedades de derecho los sistemas normativos son técnica del poder que deniega la Justicia y adopta el carácter de prerrogativas innatas en la que nadie tiene derechos, en la que el ejercicio del derecho se funda en suposiciones transgresivas y no en afectaciones concretas, en ese contexto, el derecho siempre es anulación de él mismo, en otras palabras, el derecho es violencia.

[. . .] violencia creadora de derecho, en cuanto instaura como derecho, con el nombre del poder, no un fin inmune e independiente de la violencia, sino íntima y necesariamente ligada a ésta. Creación de derecho es creación de poder. Este último principio tiene una aplicación de consecuencias extremadamente graves en el derecho público, en el ámbito del cual la fijación de límites. . . es el arquetipo de la violencia creadora de derecho. En ella se ve en la forma más clara que es el poder. . . lo que debe ser garantizado por la violencia creadora de derecho. (Benjamin, 1995:39)



Bibliografía.
Arendt, Hannah, Sobre la violencia, Alianza Editorial, 2006, México.
Thomas, Yan, Los artificios de las instituciones, Estudios de derecho romano, Editorial Universitaria de Buenos Aíres, Buenos Aíres, Argentina, 1999.
SANCHEZ VÁZQUEZ, Adolfo (Editor), El mundo de la Violencia, Fondo de Cultura Económica, Universidad Nacional Autónoma de México, 1998, México
Walter, Benjamin, Para una crítica de la violencia, Editorial Leviatán, Buenos Aires, Argentina, 1995.
Žižek, Slavoj, SOBRE LA VIOLENCIA, Seis reflexiones marginales, Paidós, España, 2009, Trad. Antonio José Antón Fernández.



[1] Véase La inconstitucional “Ley Bonilla” se aprobó a puerta cerrada en: https://gatopardo.com/noticias-actuales/ley-bonilla-baja-california-gobernador/; véase también Suprema Corte desecha controversias de Tijuana y Mexicali por 'ley Bonilla' en: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/suprema-corte-desecha-controversias-de-tijuana-y-mexicali-por-ley-bonilla


miércoles, 10 de julio de 2019

Bolivia claves para entender el proceso boliviano. Analisis de la publicacion de Hugo Moldiz


Desde que fue constituida la República de Bolivia en 1825 ha vivido una permanente inestabilidad. En 1824 un enfrentamiento del ejército real de Perú, sintetizan los inicios de la Bolivia independiente.

La conspiración siempre fue parte de la historia.

El influjo de la revolución rusa de 1989 impulso una nueva ideología democrática que repercutió en la rebelión de Charcas encabezada por Pedro domingo Murillo.

El largo trayecto de independencia llevo periodos de quietud que se registran en la historia de Bolivia. La llamada dramática insurgencia de Bolivia se expresa a lo largo de toda su vida republicana en la cual ha habido más gobiernos militares que democráticos.

Algunas crisis han sido más profundas que otras, unas han sido más económicas que políticas o inversa.

Bolivia atravesado por cuatro crisis:

1.   La guerra federal.
2.   La posguerra de Chaco.
3.   La caída del nacionalismo revolucionario.
4.   El quiebre del neoliberalismo

Estas etapas tienen gran similitud: la recomposición de la hegemonía dominante, elevados niveles de injerencia extranjera, a ajustes y desajustes económicos, y la creciente movilidad de los actores  políticos

Una de las causas de la contradicción entre la estructura económica y la superestructura es la existencia de tres órdenes civilizatorias:

1.   El agrario.
2.   El moderno.
3.   Y el número

La formación social boliviana no establece condiciones favorables para la creación de una identidad nacional sólida en Bolivia ha sido imposible forjar una identidad nacional pues existen por lo menos 34 naciones originarias.

La mayor similitud de las crisis estatales viene arrastrándose desde la fundación de la República, es decir la exclusión de amplias mayorías de pueblos indígenas originarios. La superación de las crisis estatales bolivianas se ha limitado en la aplicación de diseños elaborados por las clases dominantes y en la implantación de nuevas formas de dominación y subordinación de clases subalternas.

El enfrentamiento interior regional entre las burguesías locales del norte y sur del país es ahora entre Oriente y occidente entre el bloque Nacional indígena popular y el bloque imperial burgués colonial.

Las crisis más evidentes  produjeron en:

1.   Abril y septiembre del 2000.
2.   Febrero Y octubre de 2003
3.   Mayo y junio de 2005

En 2006 el nombramiento de Evo Morales a la presidencia de Bolivia devuelve legitimidad a los poderes del Estado, específicamente el poder ejecutivo. Los principales problemas de la con de ser bolivianos son:

1.   Las discrepancias sobre el reconocimiento de la existencia de las naciones originarias y sobre la propuesta de construir un Estado en las plurinacional.
2.   El desprestigio de inoperancia de los partidos políticos tradicionales.
3.   El agotamiento de la democracia representativa.
     

Guerra federal

Se estableció entre 1879-1884. El saldo de este periodo fue la eliminación de la salida del pacífico de Bolivia por el conflicto con chile. Ambos gobiernos firmaron un tratado. Una década después de terminada la guerra la exportación de salitre representaba el 70% de las exportaciones chilena.

La guerra provocó en Bolivia una crisis política con grandes repercusiones, el enfrentamiento entre los conservadores liberales de la región Norte y Sur. Los rasgos característicos del periodo de 1895 a 1900, es la identificación de las clases medias con los postulados liberales y la instrumentalización de los indígenas a ese proyecto y el reconocimiento de sus derechos políticos.

La posguerra derecha

La segunda crisis del Estado ya no se origina entre 1932 a 1952 la Guerra contra Paraguay en realidad fue una guerra por el petróleo entre la estadounidenses Standard Oil y la Anglo Holandesa Dutch Shell.  Sin embargo, fue presentada a la opinión pública boliviana como una pugna entre el decadente imperialismo británico y el emergente imperialismo estadounidense. En la Guerra del Chaco Bolivia perdió su salida soberana al pacífico y el saldo de miles de indígenas muertos.

La caída del capitalismo de Estado la tercera crisis estatal. Enfrento al proyecto de nacionalismo revolucionario de izquierda con el proyecto neoliberal globalizador.

El agotamiento del neoliberalismo

Después de 20 años la cuarta cris estatal considerada la más profunda de Bolivia se originó el desmantelamiento del Estado por un aumento en la participación de la iniciativa privada. Es la pugna del campesinado indígena contra el neoliberalismo en la defensa de la producción de la hoja de coca y el control estadounidense por el agua, la tierra y el territorio.

Las máximas expresiones  de la crisis estatal.

1.   Las jornadas de abril y septiembre del 2000.
2.   Las de febrero y octubre de 2003.
3.   Mayo y junio de 2005.


La llamada jornada del año 2000 de la guerra del agua. Culminó con la expulsión de una transnacional en el departamento central de Cochabamba.

El 2003 el llamado febrero negro evidenció el tamaño del aparato estatal y la irrupción de las ciudades en la lucha contra el neoliberalismo.

Finalmente la crisis política de agosto septiembre de 2008  se origina en pleno gobierno de Evo Morales

BLACK LIVES MATTERS (Las vidas de los negros importan)

“ Las vidas de los negros importan ” es quizá la consigna más socializada en las manifestaciones en repudio por el asesinato de George Flo...