HISTORIA DE RESISTENCIA
Punto
central de nuestro sistema de vida, de nuestro sentido y apuesta de ser en el
mundo
Plan de desarrollo municipal 2012-2015
El Municipio de Cherán pertenece al Estado de
Michoacán y se encuentra en la Sierra Purépecha, predomina “el bosque mixto con
pino y encino; existen regiones de poca pradera con huisache, nopal y mezquite.
Su fauna la conforman principalmente tlacuache, mapache, gato montés,
cacomixtle, ardilla, armadillo, liebre, coyote, güilota y cerceta” (Instituto
Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal [INAFED], 2016)
Cherán fue sede de antiguas luchas campesinas e
indígenas; en las décadas 70s-80s las demandas indígenas adquirieron fuerte
arraigo y con ellas surgieron asociaciones y agrupaciones sociales tales como:
Asociación de Profesionistas de Zacán, la Federación de Profesionistas
Purépechas, el Comité de Pueblos Purépechas por los Cinco Puntos, la
organización Camino del Pueblo (Xanaru Ireteri). El móvil central de todas
ellas fue la recuperación identitaria y la reivindicación de sus formas
originarias, trasladando el esfuerzo organizativo al ámbito cultural, también; para
1982, se creó la estación de radio XEPUR "La voz de los purépechas";
radio difusora que: “ofrece un programa alrededor de doce horas. Incluye la
lectura de noticias –sobre todo nacionales (Gunther Dietz, 1999)
El desarrollo organizativo y de recuperación
identitaria permitió que en 1991 se convocara a un primer Encuentro de
Comunidades Indígenas de Michoacán, con sede en este municipio; de dicha
reunión emanó el Frente Independiente de Comunidades Indígenas de Michoacán
(FICIM) y el Frente Independiente de Pueblos Indios (FIPI- Michoacán).
En 1994, en el contexto de la aparición del
Ejercito Zapatista de Liberación Nacional y de la creciente reivindicación de
los derechos y cultura indígena, surgió la Organización Nación Purépecha, en
cuyo texto fundante se declaró como propiedad comunal, todos los territorios
que en forma ancestral han utilizado las comunidades del pueblo purépecha para
la realización de sus actividades sociales, económicas y religiosas.
En 2008, se hizo pública una iniciativa
Constitucional (Propuesta de reforma
constitucional para el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas
de Michoacán) con objeto de dar certeza legal, reconocimiento jurídico, identificación
y delimitación de los pueblos indígenas.
Se propuso, inicialmente, que dicha iniciativa fuera discutida con los
partidos políticos, y con posterioridad, una vez obtenido un consenso, se
presentaría en el congreso local; sin embargo, su contenido, el formato de
negociación y su limitado alcance suscitó una fuerte división entre los
miembros de la comunidad de Cherán, propiciando y acelerando el proceso de
descomposición social, situación que fue atribuida, por sus habitantes, a la intervención
de los partidos políticos.
La devastación del bosque a cargo de los talamontes
clandestinos incrementó la desarticulación social, pues puso de manifiesto la
ausencia de la autoridad y su complicidad con dichos grupos.
15 de Abril de 2011
En el
mes de febrero de 2009, a través de zanjas realizadas mediante maquinaria
pesada, el Comisariado comunal de Cherán, intentó impedir el paso de los
vehículos que los talamontes ocupaban para trasladar la madera; el resultado
fue brutal; la maquinaria terminó en pedazos y su principal dirigente,
desaparecido. “Para
2010, el robo de madera era sistemático y los talamontes se movían en el bosque
como si fuera propio y expulsaban de él a los cheranenses”. (Calveiro, 2013)
E 10 de Febrero de 2011, fueron secuestrados 3
comuneros, integrantes del Consejo de bienes comunales, que después aparecieron
muertos. La inseguridad, el miedo, la desintegración familiar por rapto, se
incrementó, aunado al cada vez más generalizado sentimiento de transgresión de
su forma de vida y de la relación con la naturaleza. La ruptura se produjo el
14 de abril de 2011, cuando un grupo de mujeres subió al monte con el fin de
sensibilizar a los talamontes, quienes las corrieron de forma violenta, no sin
antes haber sido amenazadas con armas de fuego.
El 15
de abril de 2011, estas mujeres en compañía de los jóvenes, impidieron el paso
a los camiones de los talamontes.
Fue
entonces que se produjo el enfrentamiento.
A los
talamontes los protegía un grupo fuertemente armado, los jóvenes (no mayores de
11 años) y las mujeres les hicieron frente con lo que pudieron, la trifulca,
condicionó el repicar de las campanas de la Iglesia “El Calvario”, que llamarón
a defender la dignidad purépecha; la comunidad acudió, machetes, cohetones,
piedras, y todo lo que a su paso encontraban sirvió de artillería para repeler
el ataque y hacer frente a la deshonra social, la resulta:
“aprehendieron a cinco de los talamontes
originarios de una comunidad vecina”(Mandujano, 2014: )
Decidieron,
entonces, que a partir de ese momento, se
organizarían en Asamblea, para tomar el control de todo el pueblo; de la acción
directa en las calles, se trasladaron al poder público y tomaron el palacio
municipal. Sin embargo, tuvieron la precaución de conservar las relaciones
institucionales, la decisión, nuevamente se tomó en asamblea con intervención
de toda la comunidad; las autoridades locales debían concluir el periodo para
el que fueron elegidos, “con el objetivo de que no se suspendieran los apoyos
de los programas gubernamentales”(Ventura, 2012: ).
Pero
la organización autonómica no se detuvo, en la Asamblea General del 1º de junio
de 2011; se decidió no participar ni permitir el desarrollo del proceso
electoral, programado para el 13 de noviembre próximo; lo que hicieron saber al
Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) el 6 de junio del
2011.
El Estado,
hizo patente su postura; razón por la que a través de un escrito, con el
respaldo de 2000 comuneros, el 26 de agosto, ante el Instituto Electoral de
Michoacán manifestaron su deseo para elegir a sus propias autoridades y ser
guiados bajo los principios y directrices de usos y costumbres; en congruencia, el 31 de agosto del 2011, se
formalizó la demanda ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) signada por
516 comuneros. Pese a que la solicitud encontraba sustento en diversos
ordenamientos legales de carácter estatal, nacional e internacionales el 9 de
septiembre de 2011, el IEM alegó su imposibilidad para resolver la petición por
falta de atribuciones. “Ante esta respuesta, poco más de 2300 ciudadanos de
Cherán decidieron expresar su inconformidad promoviendo per saltum . . . un juicio para la protección de sus derechos
político electorales”(Ibarra y Castillo, 2014: ).
Atendiendo
a dicho escrito de agravios, la autoridad electoral, decidió, el 19 de
septiembre dar trámite a la solicitud, sin embargo, la trascendencia del caso,
la coyuntura electoral y sus implicaciones políticas, obligaron a que el 21 de
septiembre se solicitara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) atrajera el caso, y lo resolviera, por lo que el 24 de septiembre la mayoría de los
magistrados de la Sala Superior acordaron conocer del asunto, turnando su estudio
a la ponencia del magistrado presidente Alejandro Luna Ramos.
El 2
de noviembre, 10 días antes de las elecciones en Michoacán el TEPJF,
emitió una resolución en la que
reconoció la calidad de comunidad indígena a Cherán, hizo de imperativo
cumplimiento sus Derechos Inherentes; ordenó se garantizarán en congruencia con
el fallo protector, especialmente el Derecho Fundamental a la libre
determinación; en su modalidad de
AUTOGOBIERNO, pues competía determinar a los integrantes de la comunidad
indígena si su deseo era optar por esta o elegir la forma de organización más
acorde a sus necesidades y prioridades; por lo que ordenó la realización de una
consulta en la comunidad a efecto de que se determinará si la mayoría de los
integrantes de la comunidad estaban de acuerdo en celebrar los comicios bajo el
sistema de usos y costumbres; prescribiendo además, la imposibilidad para
realizar las elecciones el 13 de noviembre de 2011.
Notificada
la resolución, el IEM y la comunidad, acordaron los mecanismos para para
realizar la consulta, primero se llevaría a cabo una plática informativa,
presidida por académicos, en la que se explicaría qué son los usos y
costumbres; la que se programó para el 15 de diciembre, como antecedente a la
Deliberación Comunal el día 18 de Diciembre.
El
resultado es conocido, el 18 de Diciembre de 2011, la comunidad decidió ejercer
el poder público basado en los usos y costumbres, por lo que se dio inicio al
proceso para la instauración de un consejo mayor “una representación barrial
(tres miembros de cada uno de los cuatro barrios), la conformación de consejos
operativos. . . y la asamblea general” (Ventura, 2012, p.169).
II.I LAS FOGATAS
Cada
movimiento genera sus formas de apropiación y participación que reflejan su
particularidad organizativa; en Cherán, el enfrentamiento llamó a la
resistencia; empero, la experiencia les advirtió la necesidad de garantizar su
protección, de la comunidad, de sus costumbres y de sus recursos.
Fue
entonces que en cada bocacalle se construyeron barricadas; esta misma necesidad
de defensa, propicio la convivencia e interacción entre la comunidad; la
discusión, el intercambio de ideas y el dialogo (de saberes, de experiencias,
de formas de vida) fue entonces que de simples barricadas (puntos de defensa)
se convirtieron en “FOGATAS”: "la fogata ocupa el centro de la cocina. Es
alrededor de ella que la familia comparte... los leños se sacaron de la cocina
para prenderse en las calles . . . las fogatas sirvieron para cuidarnos y
conocernos " (Gómez, 2013:25). Fue
precisamente, esta necesidad de defensa la que hizo necesaria la interacción y
el reconocimiento del otro, de lo otro y en el otro. Pero a su vez, esta necesaria defensa del
territorio, no sólo generó conciencia política, sino además una conciencia de
vida, alentando el reencuentro de los vínculos comunitarios, a través de la
convivencia entre mujeres, jóvenes, hombres y niños.
Las
Fogatas se transformaron en el medio de transmisión de experiencias y de
saberes; y además se erigieron como el pilar fundamental para la discusión y la
toma de decisiones; paradójicamente, los 15 días en los que se agudizó la
defensa, también se convirtieron en el lapso de tiempo en el que se produjo la
cohesión, el aglutinamiento y la recuperación de la identidad purépecha. Otro
factor determinante para la transformación de los barricadas en “Fogatas” lo posibilitó el proceso de
introspección al que las condiciones los sometieron, aunado al apoyo externo
brindado por los poblados circundantes, la simpatía de la gente de las ciudades
más cercanas y del país, y el apoyo internacional recibido.
En este
contexto, la determinación general fue que la lucha debía evolucionar en dos sentidos; para garantizar puntos de
bloqueo/resguardo y acceso al pueblo (colocadas en la periferia) y para garantizar
espacios inmediatos, ágiles y de contacto directo, “las fogatas” (barricadas al interior de la
comunidad) como centros neurálgicos para la toma de decisiones y organización
de la resistencia, esta importante decisión permitió el desarrollo de 2
directrices medulares y características de Cheran k´eri:
a) Construir
la organización comunitaria, en un entorno de protección y
b) Garantizar
la Cohesión social, convirtiendo a las Fogatas en depositarias de la memoria
colectiva.
Al
calor de la lumbre, los ancianos narran sus recuerdos de la Revolución, de cómo
en otros tiempos lograron expulsar a los villanos. Los jóvenes escuchan
atentamente y dan su opinión, y todos juntos se piensan como comunidad, se
conforman como sujetos de su historia. A nuestra pregunta “¿Por qué las
fogatas?”, respondió espontáneamente uno de estos jóvenes: “porque las llevamos
en el corazón. El fuego es… de nuestros dioses, tata Curicaueri. Para que el
sol nos protegiera también aquí, en esta lucha”. (Dosil, 2014:140)
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