“
democracia en derechos humanos … Se refiere a la organización del gobierno, … A
la protección jurídica del individuo en singularidad … Más orientado a las
instituciones que ordena la vida pública como otro al orden jurídico que
garantiza a los individuos las condiciones mínimas de una vida digna…”
Pellaes sostiene que en la biografía vigente, ya
no se habla de democracia, sino de frases, es un concepto descriptivo un
prescriptivo, que, como procedimiento institucional o ideal normativo; directa
versus representativa; elitista versus no liberal (populista, Marx y vistas, radical). De
entenderse de otra forma, la definición de democracia estaría limitada a los
medios para su acceso.
Los principios democráticos
Robert A. Dahl establece como principios: la
libertad política, igualdad política como principio elemental de la justicia.
Parte de la idea de que el concepto de igualdad es un concepto orientados por
la idea de justicia. Establece un vínculo entre igualdad, justicia y dignidad, señala como premisa la idea de igualdad
de la dignidad humana.
David Beetham, explica que la democracia se
asocia a la idea de autonomía comparte esa justificación con el liberalismo.
Relación entre democracia y derechos humanos
La problemática del concepto de democracia se
puede trasladar al ámbito cosmopolita o universal dependiendo de las
especificidades de la región en la que se apliquen dichos principios (relación
entre democracia y derechos humanos). Esta relación no debe estar restringida a
los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales; debería existir
un grado de incluir todas las innovaciones que surgen en el discurso
internacional.
La democracia y los derechos civiles y políticos
La relación entre democracia y los derechos
civiles y políticos conllevaran cuestionamientos de los derechos que deben
garantizarse para la realización de los principios democráticos, para que las
instituciones políticas sean consideradas, por lo tanto, deben garantizarse
instrumentos y mecanismos para establecer el orden político elegido.
Por otra parte, se ha señalado que existe una
posible controversia entre la voluntad general y la defensa de los derechos
humanos. Con frecuencia el uso de la violencia favorece el rechazo a la
promoción de derechos humanos de las personas.
La democracia y los derechos económico -
sociales
Beetham, señala que al admitirse que la igualdad
política puede convivir con alguna desigualdad económica y social, la relación
entre democracia y los derechos económicos y sociales debería ser planteada
como dependencia mutua, intrínseca y no de identificación plena.
La democracia y los derechos culturales
Previo a establecer la relación entre democracia
y derechos culturales, tendría que debatirse
respecto a la universalidad de los derechos culturales, reformular la
concepción de los derechos humanos y de los culturales en particular, para que
pueda hablar de su universalidad.
La solución local para el discurso cosmopolita
Deberían crearse proyectos alternativos e
innovadores con el propósito de fomentar un nuevo paradigma de desarrollo de
acuerdo con los localismos y la diversidad respetando siempre la dignidad
humana.
CONCLUSIONES.
1. La democracia es la organización del pueblo.
2. Los Derechos Humanos constituyen la protección
de los derechos individuales.
3. Libertad, igualdad y justicia son atributos que
se encuentran en los conceptos de derechos humanos y democracia.
4. A partir de sus políticas hegemónicas ha
reducido sustancialmente la influencia de los llamados “países en vías de
desarrollo”.
5. Existe una contradicción grave entre democracia
y los derechos económicos y sociales. Resulta dramático la existencia de
desigualdad económica en regímenes democráticos.
6. No se puede afirmar que existe universalidad
entre democracia y derechos culturales.
7. Deben formularse proyectos locales innovadores que
fomenten el desarrollo local.
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