jueves, 23 de junio de 2016

EDUCACIÓN Y ESTADO CIVILIZADOR

Sólo en la educación puede nacer la verdadera sociedad humana y ningún hombre vive al margen de ella.
PAULO FREIRE

En 1917, en medio del proceso revolucionario, Venustiano Carranza llamó a la conformación de un congreso constituyente con el fin de poner fin a la Revolución Mexicana, de cuya iniciativa resultó la Constitución Mexicana de 1917; en ella, se garantizó “EL DERECHO A LA EDUCACIÓN” como instrumento detonante del desarrollo social, principio rector que décadas después marco la política de Lázaro Cárdenas, en cuyo sexenio nació el Instituto Politécnico Nacional y las Normales Rurales tuvieron su auge.

En 1989, en un contexto de hegemonía norteamericana, se establecieron 10 puntos que lo países en desarrollo debían aplicar con objeto de adquirir la civilización que el Neoliberalismo proveía; el llamado “CONSENSO DE WASHINGTON”, imponía 10 reglas básicas que promueven la estabilidad macro económica, la libertad de comercio e inversión, la reducción del Estado a su función administrativa, y la expansión de las fuerzas del mercado dentro de las economías nacionales, lo que implicó para dichos países extinguir sus políticas sociales, entre ellas la educación, la salud, los derechos laborales, la seguridad social, entre otras.

EL 26 de Febrero de 2013, el Gobierno de Enrique Peña Nieto publicó en el Diario Oficial de la Federación la llamada Reforma Educativa, instrumento normativo que se compone de una serie de preceptos legales que modifican las condiciones de trabajo y derechos laborales de los Profesores adscritos a la Secretaria de Educación Pública.

Desde su publicación la ley en cita ha gozado de descrédito, inaplicabilidad y resistencia, cuya expresión significativa se hizo evidente el pasado 20 de junio de 2016, en Nochixtlan, Oaxaca.
La confrontación física entre los policías y los Educadores y el pueblo, representa en realidad, la confrontación de dos concepciones distintas de una sociedad, la primera que retoma las décadas y siglos de conquistas sociales, político-culturales y económicas que empoderan a los gobernados a través de políticas sociales y la otra que empodera los dueños del dinero, cuya expresión jurídica en América Latina, se identifica como el Estado de Violencia Civilizadora.

El Estado Civilizador o de Violencia Civilizadora, es un modelo jurídico de imposición y supresión de derechos que se implementa en los países en desarrollo, es una modalidad que adopta un Estado como forma alternativa de dar sentido a la vida; el Estado, sus aparatos y sus representantes son la representación de la identidad moral, ello significa que las prácticas sociales de este grupo se vuelven ley.

La ley resulta ser la representación identitaria de los intereses y valores del grupo en el poder “esto no quiere decir . . . que sea la justicia,  . . .  {se} trata(r) de construir un modus vivendi que podría incluir la amenza o incluso el uso de la fuerza” [1]

En el Estado de violencia civilizadora no hay cabida para la justicia, para la razón o la verdad; se opta por la justificación como instrumento racional, concebida bajo los parámetros de la conveniencia, el silogismo jurídico para la aprobación, creación o modificación de la ley es:
SI CONVIENE A NUESTROS INTERESES ENTONCES ES LEGAL, AL SER LEGAL ENTONCES EL SOMETIMIENTO DE LOS PARTICULARES SE JUSTIFICA;  PARA EL CASO DE RESISTENCIA ENTONCES PROCEDE LA SANCIÓN O LA COERCIÒN.

El imperio de Ley se aplica a través del uso de la coacción o de la violencia coercitiva, la coacción se instrumenta a través de las sanciones legales, y cumple una función inhibitoria de la resistencia social, colocando al grueso social en un estado de aislamiento, haciendo que su interés se individualice, creando la percepción de que la afectación es sólo para élel objetivo redunda en el acatamiento paulatino del interés que representa la ley.

En tanto que la violencia coercitiva es el medio que obliga a un conjunto organizado o espontaneo al cumplimiento del interés que representa en la ley mediante el uso de amenazas, la fuerza o la violencia incluso desmedida, este recurso persigue extinguir la oposición, anular la crítica, genera un aislamiento desmotivacional y la imposición de un modo ser y pensar único.

Es importante precisar que el uso de dichos medios (sanción o violencia) presuponen la ausencia de un juicio racional, los que los vuelve salvajes y los hace presumiblemente irracionales, opositores, criminales y/o enemigos de la Civilización.

Bajo esta  concepción el uso de la coacción o la violencia tiene un caris civilizador, de reconstrucción y empoderamiento del tejido social, por lo que el Estado debe hacer uso de la fuerza coactiva o el uso de la violencia incluso desmedida, pues existe justificación (insuficiente o suficiente) y solo mediante su uso puede llegarse a la Paz, al confort y al disfrute de todos los Derechos e intereses concebidos desde el Estado.

En el Estado Civilizador, la legalidad y la justicia se vuelven conceptos indefinidos, pues su contenido es autorreferencial y maleable, cuyo contenido semántico es definido por el grupo en el poder y varía según los intereses en turno; en tal sentido, la oposición, la diferencia, la crítica, lo otro o lo alterno, no puede concebirse ni existir.

En ese contexto no existe cabida a los Derechos, ni la educación, pues “sólo en la educación puede nacer la verdadera sociedad humana y ningún hombre vive al margen de ella. Por consiguiente, la opción se da entre una educación para la domesticación alienada y una educación para la libertad”[2] optando el Estado de Violencia por la segunda pues la Educación y los Derechos de los trabajadores de la educación representan una posibilidad altamente materializable de crítica, de oposición del pensamiento único que desde el Estado se promueve y un nido de voces discordantes que exigen la construcción de sociedades de Derechos, transparentes y de rendición de cuentas, por lo que su sanción o coerción se vuelve una razón de Estado.

En tal contexto los hechos de violencia acontecidos en Nochixtlan, Oaxaca, resultan una violación al Estado Civilizador y no una claro clamar popular que pone en evidencia la ausencia de LEYES CON ARRAIGO SOCIAL, QUE REPRESENTEN LOS INTERESES DE LA MAYORÍA Y QUE ABONEN EN EL EMPODERAMIENTO DE LOS GOBERNADOS.

En este contexto de clara ilegalidad, de ausencia de respeto de Derechos y de oposición de intereses minoritarios a los de la mayoría, la partición de todos se vuelve indispensable.




[1] Richard Rorty, Pragmatismo y política,Barcelona, Paidos, 1998, pp 113-122
[2] Paulo Freire, La educación como práctica de la libertad, Siglo XXI, México, 45ª Edición p.1

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